INTRODUCCIÓN
El término eutanasia proviene del latín y este del griego que puede traducirse como: dulce o buena muerte. Es la acción u omisión que acelera la muerte de forma intencional y asistida de un paciente con su consentimiento, con la intención de evitar sufrimiento y dolor.(1,2) Esta acción deliberada implica una muerte sin sufrimiento físico, generalmente aplicada a pacientes que padecen enfermedades terminales, o condiciones irreversibles que generan un intenso sufrimiento o deterioran su calidad de vida. Su regulación, las implicaciones éticas, y los métodos empleados en su realización, dependen de las leyes y normativas vigentes en cada país.(3,4)
Se describen dos categorías principales de eutanasia: la activa, que implica la ejecución de una acción directa destinada a provocar la muerte del paciente y la pasiva, que consiste en la suspensión o no administración de tratamientos médicos o sistemas de soporte vital necesarios para prolongar la vida, para permitir que la enfermedad avance de manera natural hasta el desenlace.(5,6)
En la modalidad activa, se administra una sustancia letal. Esta es la forma de eutanasia que normalmente se asocia con el término y la que suele ocupar el lugar central en las discusiones legales y éticas. La modalidad pasiva tiende a generar menor controversia y, en algunos países, no se considera estrictamente como una forma de eutanasia.(5,6)
El proceso para su aprobación y su posterior implementación resulta complejo. Es fundamental contar con un detallado consentimiento informado del paciente; se requiere además, que el personal médico manifieste su voluntad para ejecutar la intervención. Resulta esencial verificar que el paciente se encuentre en un estado de plena conciencia, además de garantizar que ejerza su autonomía. Estos aspectos forman un entramado que debe ser armonizado para que el proceso sea llevado a cabo de manera responsable y respetuosa hacia las partes involucradas.(3)
En Cuba no existen regulaciones que aprueben y autoricen la aplicación de la eutanasia, independientemente de su tipo; existe el debate y se han logrado algunos puntos de consenso; pero aún queda mucho por analizar antes de lograr su aprobación final.
Es por eso que, teniendo en cuenta los alcances éticos y legales que rodean la eutanasia y la variedad de requisitos y divergencias médico-legales que conlleva, se decidió llevar a cabo esta investigación con el objetivo de: exponer las implicaciones médico-legales de la eutanasia en Cuba
DESARROLLO
El estudio de las implicaciones médico-legales asociadas a la implementación de la eutanasia en Cuba requiere abordarse desde diversas perspectivas. A continuación, se detallan algunos aspectos claves que permiten entender las barreras actuales en el país, las cuales, hasta la fecha, restringen la práctica de la eutanasia.
Bases legales de la eutanasia en Cuba
En Cuba, la práctica de la eutanasia no está legalizada y aunque no existe una norma legal que expresamente la sancione, está totalmente prohibida.(7) La Constitución, el Código Penal y otras legislaciones establecen un marco jurídico que no lo permite.(8,9)
La Constitución,(9) establece el derecho a la vida como un derecho fundamental, desde la concepción hasta la muerte. Este principio se interpreta como una prohibición indirecta de la eutanasia, ya que limita las intervenciones para finalizar la vida de una persona de forma intencionada; se considera que la muerte tiene que ser un proceso fisiológico que no debe ser acelerado.
Por su parte, el Código Penal(8) protege la vida, y aunque no utiliza la palabra eutanasia en su redacción, esta puede ser clasificada como un tipo de homicidio bajo ciertas circunstancias, pues no existen criterios definidos ni excepciones claras respecto a esta práctica.
La "muerte asistida" no es reconocida como un derecho o una práctica legal en el país y cualquier acto de eutanasia, puede ser penalizado, como un delito con condenas que varían según el contexto y las circunstancias del caso.(7)
Aunque la eutanasia no está permitida, Cuba ha reconocido la importancia de los cuidados paliativos y el derecho de los pacientes a rechazar tratamientos en circunstancias específicas. Este derecho se conoce como el derecho a morir dignamente y permite a los pacientes rechazar tratamientos invasivos cuando su situación médica es terminal, pero esto no implica un acto de eutanasia.
En los últimos años, se han realizado iniciativas y debates en torno a la legalización de la eutanasia, especialmente en casos de pacientes con diagnóstico confirmado de enfermedades terminales, sin embargo, estas propuestas no han prosperado y enfrentan resistencia tanto en el ámbito político, como social debido a las razones culturales, éticas y religiosas imperantes en el país.
Implicaciones médico-legales de la eutanasia
Las implicaciones médico-legales de la eutanasia pueden ser consideradas como profundas y complejas; abarcan aspectos éticos, religiosos, legales y profesionales que aumentan las dificultades para su aceptación e implementación posterior, las que varían en función de la legalidad de cada país, pero tienen en común la necesidad de un equilibrio entre los derechos de los pacientes, las responsabilidades de los médicos y las normativas jurídicas.(10)
La eutanasia, en los países donde es legal, solo se permite si el paciente ha otorgado un consentimiento informado claro y explícito. Los médicos deben asegurarse de que el consentimiento no esté influenciado por presiones externas y que sea dado en un estado mental adecuado.(10,11)
En los territorios donde está permitida, la ley suele exigir que el paciente sea competente para tomar una decisión autónoma sobre su propia vida y muerte. Los médicos, en colaboración con profesionales de salud mental, evalúan la capacidad del paciente. Una decisión basada en la capacidad y competencia reduce los riesgos de malentendidos legales y asegura que el acto no sea considerado homicidio.(12)
La eutanasia, como procedimiento, sitúa a los médicos en una posición legal y moralmente compleja. En los lugares donde es legal, la eutanasia suele estar regulada de manera que los médicos puedan actuar dentro de un marco normativo claro, sin embargo, deben cumplir con una serie de requisitos formales y documentar cada etapa del proceso para evitar acciones judiciales en su contra por homicidio o prácticas ilegales.(1,3)
La eutanasia plantea dilemas éticos y se enfrenta a valores médicos fundamentales, como el principio de no hacer daño. Los médicos pueden tener conflictos de conciencia y en muchos países, se les reconoce el derecho a objetar si se oponen por razones éticas o religiosas.(13)
El equipo de investigación considera que la eutanasia representa una responsabilidad que trasciende lo individual, ya que el acto impacta en la percepción pública y en las políticas de salud. Los médicos que practican la eutanasia deben ser conscientes de su responsabilidad social y de las repercusiones que esto puede tener en su comunidad, así como de la posible transformación de la relación médico-paciente.
Por lo tanto, puede plantearse que las implicaciones médico-legales de la eutanasia son amplias y multifacéticas. Las decisiones que se tomen en relación con este procedimiento exigen un marco normativo robusto que respete los derechos del paciente y proteja la integridad profesional del médico, y que asegure al mismo tiempo una evaluación ética y legal cuidadosa en cada caso.
Desafíos futuros para la implementación de la eutanasia en Cuba
La implementación de la eutanasia en Cuba enfrenta numerosos desafíos futuros, derivados de factores religiosos, culturales, éticos y legales que deben abordarse cuidadosamente para garantizar que cualquier cambio en la legislación sea ético, seguro y respetuoso con los derechos humanos de los cubanos. La sociedad cubana es mayormente conservadora y está influenciada por valores religiosos, especialmente, en lo que respecta a temas como la vida y la muerte. Estas creencias religiosas, rechazan la eutanasia y promueven la idea de la "muerte natural". Para que sea aceptada socialmente, sería necesario un cambio cultural y una educación pública para discutir los derechos individuales de elección en el proceso de morir.
En relación con el marco legal y regulatorio sería necesario modificar la Constitución, el Código Penal y otras legislaciones que, actualmente, penalizan el homicidio sin excepciones claras para la eutanasia, también, sería necesario regular de manera precisa quiénes pueden solicitar la eutanasia, en qué condiciones y cómo garantizar el proceso, además, las leyes deberían prever la posibilidad de objeción de conciencia para los profesionales de la salud que no deseen participar en la práctica. La capacitación y existencia de protocolos son elementos fundamentales para llevar a cabo el procedimiento de manera ética y profesional. Uno de los desafíos claves será garantizar que los pacientes que soliciten la eutanasia estén en plenas facultades mentales y no estén bajo la influencia de factores externos. Sería esencial contar con un sistema de evaluación psicológica y psiquiátrica, así como, el consentimiento informado que garantice que la decisión sea realmente autónoma.
El equipo de investigación considera que, para evitar prácticas irregulares, la eutanasia en Cuba necesitaría estar bajo la supervisión de los comités de ética médica.
Todos estos elementos reflejan que la aprobación e implementación de la eutanasia en Cuba es un proceso complejo y difícil de resolver en este momento.
CONCLUSIONES
La práctica de la eutanasia en Cuba conlleva una serie de implicaciones médico-legales, como la falta de fundamentación jurídica, la escasa preparación del personal médico, la ausencia de un marco legal aprobatorio y la existencia de un marco cultural que genera rechazo hacia su aprobación e implementación. Las leyes cubanas no recogen la figura delictiva de la eutanasia, su práctica, de acuerdo a la apreciación que hagan los especialistas del sistema jurídico cubano, puede ser penalizada y no está incluida en la cultura profesional de los médicos cubanos
Conflicto de intereses:
Los autores declaran la no existencia de conflictos de intereses relacionados con el estudio.
Contribuciones de los autores:
1. Conceptualización: Yunier Riverol González, Yasmani Santana Beltrán.
2. Curación de datos: Yunier Riverol González, Yasmani Santana Beltrán.
3. Análisis formal: Yunier Riverol González.
4. Adquisición de fondos: Esta investigación no contó con la adquisición de fondos.
5. Investigación: Yunier Riverol González, Yasmani Santana Beltrán.
6. Metodología: Yunier Riverol González.
7. Administración del proyecto: Yunier Riverol González.
8. Recursos: Yunier Riverol González.
9. Software: Yasmani Santana Beltrán.
10. Supervisión: Yunier Riverol González.
11. Validación: Yasmani Santana Beltrán.
12. Visualización: Yunier Riverol González.
13. Redacción del borrador original: Yunier Riverol González, Yasmani Santana Beltrán.
14. Redacción, revisión y edición: Yunier Riverol González, Yasmani Santana Beltrán.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
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