Revista de Ciencias Médicas de Cienfuegos

Las prohibiciones nacionales de venta por correo de medicamentos son contrarias al derecho comunitario cuando se trata de medicamentos que han obtenido una autorización de comercialización en algún Estado miembro y no están sujetos a prescripción médica, según una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE. En cambio, esta prohibición sería conforme con el Derecho comunitario si se trata de medicamentos no autorizados en un Estado miembro.



En concreto, el Tribunal de Justicia se pronuncia sobre las disposiciones de la ley alemana y constata que, en primer término, la prohibición general se corresponde con la Directiva relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas sobre especialidades farmacéuticas, que establece que los medicamentos deben obtener para poder ser comercializados en un Estado miembro una autorización expedida por la autoridad competente o con arreglo al régimen comunitario. En consecuencia, no procede examinar si las prohibiciones mencionadas infringen las disposiciones del Tratado CE relativas a la libre circulación de mercancías.



Sin embargo, el Tribunal de Justicia señala que la prohibición nacional de venta por correspondencia de medicamentos que han obtenido una autorización de comercialización en el mercado alemán constituye una restricción a la libre circulación de mercancías.



Remitiéndose a su jurisprudencia, observa que una normativa que pueda tener tal efecto sobre las importaciones de productos farmacéuticos sólo es compatible con el Tratado en la medida en que sea necesaria para proteger de modo eficaz la salud y la vida de las personas.



Cuando se trata de medicamentos que no están sujetos a prescripción médica, la prohibición no está justificada porque no puede excluirse la posibilidad de prever información y consejo suficientes. La compra por Internet podría incluso presentar ventajas como el hecho de que puedan formularse tranquilamente desde casa las preguntas que quieran plantearse a los farmacéuticos.



Fármacos con receta



Cuando se trata de medicamentos sujetos a prescripción médica, el Tribunal de Justicia considera que el hecho de permitir la dispensación de dichos medicamentos tras la recepción de una receta y sin ningún otro control podría aumentar el riesgo de que se utilicen las recetas médicas de modo abusivo o incorrecto.



Por otro lado, la posibilidad de que el etiquetado del fármaco se presente en otra lengua puede tener consecuencias más graves cuando se trata de medicamentos sujetos a prescripción médica. En consecuencia, una prohibición nacional de venta por correspondencia de medicamentos sujetos a prescripción médica puede estar justificada.



En segundo lugar, el Tribunal de Justicia examina las disposiciones de la HWG que prohíben la publicidad destinada a la venta por correspondencia de medicamentos. El Tribunal de Justicia constata que tal prohibición, dado que afecta a los medicamentos sujetos a autorización que no la han obtenido o a los fármacos sujetos a prescripción médica, es conforme con la prohibición establecida en la Directiva comunitaria (sustituida por el código comunitario) relativa a la publicidad de los medicamentos.



Por el contrario, el código comunitario se opone a una prohibición de publicidad de los medicamentos que están autorizados y que no están sujetos a prescripción médica.